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Foto del escritorGonzalbes Legal

Prorroga de los ERTES y aportaciones empresariales en el inicio parcial de la actividad

Para empresas que no terminan el ERTE pero incorporan a parte de su plantilla la bonificación no será el 100% sino en las siguientes cuantías:


  • Si el trabajador reinicia su actividad en una empresa de menos de 50 empleados la exoneración de la cuotas empresariales será del 85% en mayo y del 70% en junio. Estos porcentajes se reducen al 60% y al 45% respectivamente si la plantilla de la empresa supera los 50 trabajadores.

  • Si el ERTE parcial se mantiene y el trabajador continúa suspendido de empleo, la exoneración de los seguros sociales será del 60% en mayo y el 45% en junio para empresas con menos de 50 trabajadores y del 45% y 30% si se excede de esta cifra.


Las exoneraciones serán más beneficiosas a quienes más empleados reincorporen, por tanto, si hasta el 30 de junio de 2020 no reincorporas a ningún empleado tendrás que asumir las cotizaciones en un 40%. Si, en cambio, incorporas a tus empleados solo abonarás, en mayo, el 15%.




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