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Medidas adoptadas por el Gobierno, el 12 de marzo, frente a la crisis del coronavirus.

Actualizado: 13 mar 2020

La baja por coronavirus se considera accidente laboral


Cuando el trabajador autónomo se encuentre en situación de aislamiento preventivo o por contagio, su situación de incapacidad temporal será considerada accidente de trabajo, teniendo derecho a percibir una prestación económica del 75% de la base reguladora

Esta situación también es aplicable a tus empleados que percibirán su salario en esa cuantía a costa de la Seguridad Social.

Deudas con las administraciones


Concederán a las pymes y autónomos el aplazamiento y fraccionamiento de las deudas tributarias con la administración por un plazo de seis meses sin intereses.


Se concederá el aplazamiento del ingreso de la deuda tributaria correspondiente a todas aquellas declaraciones-liquidaciones y autoliquidaciones cuyo plazo de presentación e ingreso finalice desde la fecha de entrada en vigor del presente real decreto-ley y hasta el día 30 de mayo de 2020, ambos inclusive, siempre que las solicitudes presentadas hasta esa fecha reúnan los requisitos a los que se refiere el artículo 82.2.a) de la Ley anterior (no se requiere garantía)


Este aplazamiento será aplicable también a las deudas tributarias siguientes:


a) Las correspondientes a obligaciones tributarias que deban cumplir el retenedor o el obligado a realizar ingresos a cuenta.


b) Las derivadas de tributos que deban ser legalmente repercutidos salvo que se justifique debidamente que las cuotas repercutidas no han sido efectivamente pagadas.


c) Las correspondientes a obligaciones tributarias que deba cumplir el obligado a realizar pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades.


Será requisito necesario para la concesión del aplazamiento que el deudor sea persona o entidad con volumen de operaciones no superior a 6.010.121,04 euros en el año 2019.


Las condiciones del aplazamiento serán las siguientes: a) El plazo será de seis meses. b) No se devengarán intereses de demora durante los primeros tres meses del aplazamiento.


Beneficiarios de préstamos de la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa.


Aquellos que vinieran siendo beneficiarios de préstamos de la Secretaria podrán solicitar el aplazamiento del pago de principal y/o intereses de la anualidad en curso, siempre que su plazo de vencimiento sea inferior a 6 meses a contar desde la entrada en vigor de este real decreto-ley, cuando la crisis sanitaria provocada por el COVID-19 haya originado en dichos beneficiarios periodos de inactividad, reducción en el volumen de las ventas o interrupciones en el suministro en la cadena de valor que les dificulte o impida atender al pago de la misma


Líneas de crédito ICO


Se dedicará una línea ICO especial de crédito a empresas y autónomos del sector turístico, del transporte y de la hostelería.


Se instruye al ICO para que con carácter inmediato a la entrada en vigor de este real decreto-ley realice las gestiones necesarias con las entidades financieras para que la línea de financiación ampliada pueda estar a disposición de las empresas en el plazo máximo de diez días a contar desde la referida entrada en vigor.



Medidas de apoyo a la prolongación del periodo de actividad de los trabajadores con contratos fijos discontinuos en los sectores de turismo y comercio y hostelería vinculados a la actividad turística.

Las empresas, excluidas las pertenecientes al sector público, dedicadas a actividades encuadradas en los sectores del turismo, así como los del comercio y hostelería, siempre que se encuentren vinculadas a dicho sector del turismo, que generen actividad productiva en los meses de febrero, marzo, abril, mayo, junio y que inicien o mantengan en alta durante dichos meses la ocupación de los trabajadores con contratos de carácter fijos discontinuo, podrán aplicar una bonificación en dichos meses del 50 por ciento de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes, así como por los conceptos de recaudación conjunta de Desempleo, FOGASA y Formación Profesional de dichos trabajadores


Lo dispuesto en este artículo será de aplicación desde el 1 de enero de 2020 hasta el día 31 de diciembre de 2020.


La bonificación regulada en este artículo será de aplicación en todo el territorio nacional, salvo en las comunidades autónomas de Illes Balears y Canarias, durante los meses de febrero y marzo de 2020, donde será de aplicación, en los mencionados meses, la bonificación establecida en el artículo 2 del Real Decreto-ley 12/2019, de 11 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los efectos de la apertura de procedimientos de insolvencia del grupo empresarial Thomas Cook.


Forma de actuar el empresario en la prevención del coronavirus.


Se flexibiliza la posibilidad de acceder al tele trabajo.

El Ministerio de Trabajo y Economía Social publicó una guía con el objetivo de facilitar la información necesaria sobre la aplicación de la normativa laboral en relación con las diferentes situaciones en las que pueden encontrarse las empresas y las personas trabajadoras.

Puedes consultar la guía emitida por el Ministerio de Trabajo y Economía Social,

Os seguiremos informando de cualquier novedad de interés, y como siempre, estamos a tu disposición para cualquier consulta adicional que quieras plantearnos.


Finalmente, sobre las posibilidades de plantear un ERTE - expedientes de regulación de empleo temporal- no se han concretado medida alguna remitiéndose al hecho de que están trabajando para dar una respuesta social a aquellos colectivos más afectados, y que se irán adoptando en los próximos días o semanas en aras de amortiguar los efectos negativos.


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