El Tribunal Supremo aclara: un festivo en sábado no obliga automáticamente a compensar a los trabajadores
- Gonzalbes Legal

- hace 2 horas
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En los últimos meses han proliferado titulares que aseguran que, si un festivo cae en sábado, la empresa debe compensarlo siempre con otro día libre. Sin embargo, la realidad jurídica es más matizada.
Una reciente sentencia del Tribunal Supremo recuerda que no existe una obligación automática de compensación cuando un festivo coincide con el sábado para trabajadores con jornadas habituales de lunes a viernes. En estos casos, si el sábado ya es día de descanso, el festivo puede coincidir con él sin que la empresa tenga que conceder necesariamente otro día libre.
La confusión surge por varias resoluciones judiciales recientes en las que el Alto Tribunal sí reconoció compensación, pero en supuestos concretos: trabajadores que prestaban servicios de lunes a domingo y tenían sus días de descanso entre semana. En esos casos, si un festivo coincidía con su descanso semanal, debía compensarse para evitar que esos empleados disfrutasen menos festivos que otros.
El debate gira en torno al artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores, que reconoce 14 festivos anuales retribuidos y no recuperables, distintos del descanso semanal. Sin embargo, el Supremo no ha fijado todavía un sistema general y automático de compensación para todos los casos.




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