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Cuenta Corriente Tributaria

La cuenta corriente tributaria es un sistema que permite a los contribuyentes la compensación de créditos y deudas con la Administración Tributaria, aunque procedan de diferentes tributos, de tal forma que trimestralmente se regularicen los pagos o devoluciones a efectuar por el total del saldo arrojado en el periodo.


Requisitos
  • Ser empresarios o profesionales que estén obligados a presentar periódicamente autoliquidaciones tributarias de IVA y/o de retenciones e ingresos a cuenta.

  • Que la suma de los créditos a su favor el año anterior sea igual o superior al 40% de la deuda tributaria total del mismo año anterior.

  • Estar dados de alta en el censo de empresarios o profesionales y, en su caso, en IAE.

  • Haber presentado en plazo, durante el último año, autoliquidaciones del Impuesto de Sociedades o del IRPF y las declaraciones informativas y los pagos a cuenta y resumen anual de IVA a que estén obligados.

  • No tener deudas tributarias en período ejecutivo salvo que estén aplazadas o suspendidas, ni tener pendiente el pago de responsabilidades civiles por delito contra Hacienda.

  • No haber renunciado ni haber sido excluido del sistema de cuenta corriente en el año que se solicita ni en el anterior.

¿Cómo acogerse?


Pulsando en el apartado Solicitud de inclusión


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