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Bonificaciones a la contratación de trabajadores

La normativa de la Seguridad Social prevé diversas bonificaciones y reducciones en las cotizaciones para fomentar la contratación de determinados colectivos, tipos de contrato y actividades. Estas bonificaciones no son automáticas y solo pueden aplicarse si se cumplen estrictamente los requisitos legales durante toda su vigencia.

A continuación, resumimos las principales bonificaciones a la contratación vigentes.


1. Bonificaciones según el perfil del trabajador

Personas con discapacidad (≥ 33 %)

  • Bonificaciones de hasta el 100 % de la cuota empresarial.

  • Aplicables a contratos indefinidos y, en algunos casos, temporales.

  • Vigentes durante toda la duración del contrato.

  • Especialmente relevantes para entidades sin ánimo de lucro y centros especiales de empleo.

Personas desempleadas de larga duración

  • Bonificaciones mensuales durante 3 o 4 años.

  • Generalmente vinculadas a contratos indefinidos.

  • Importe fijo mensual.

Jóvenes

  • Menores de 30 años (o menores de 35 con discapacidad).

  • Bonificaciones en contratos indefinidos o en la transformación de contratos temporales o formativos.

Personas mayores de 45 años

  • Bonificaciones por contratación indefinida.

  • Incentivos más elevados en determinados supuestos (por ejemplo, mujeres mayores de 45 años).

Víctimas de violencia de género, violencia sexual, terrorismo o trata

  • Bonificaciones relevantes en la cuota empresarial.

  • Generalmente vinculadas a contratos indefinidos.

  • Duración plurianual.


2. Bonificaciones según el tipo de contrato

Contratos indefinidos

  • Son los que permiten acceder al mayor número de bonificaciones.

  • Suelen exigir mantenimiento del empleo durante un periodo mínimo.

Transformación de contratos en indefinidos

  • Conversión de contratos temporales o formativos.

  • Bonificaciones específicas por transformación.

Contratos formativos

  • Contrato de formación en alternancia.

  • Contrato para la obtención de la práctica profesional.

  • Cuotas reducidas o fijas, con un coste de cotización inferior al ordinario.


3. Bonificaciones por tipo de empresa o entidad

Entidades sin ánimo de lucro

  • Acceso a incentivos sectoriales específicos.

  • Destaca la bonificación del 100 % de la cuota empresarial para monitores de actividades deportivas dirigidas exclusivamente a menores de 18 años, siempre que se cumplan los requisitos legales.

Empresas de inserción y centros especiales de empleo

  • Bonificaciones elevadas por la contratación de personas en situación de exclusión social o con discapacidad.

  • Aplicables a contratos temporales e indefinidos.


4. Bonificaciones por actividad o sector

  • Actividades deportivas sin ánimo de lucro (en los supuestos legalmente previstos).

  • Turismo, comercio vinculado al turismo y hostelería (especialmente en contratos fijos discontinuos).

  • Actividades de investigación, desarrollo e innovación (I+D+i).


5. Bonificaciones por situaciones especiales

  • Contratos de sustitución por nacimiento y cuidado del menor, riesgo durante el embarazo o lactancia, o incapacidad temporal: bonificación del 100 % de la cuota empresarial mientras dure la sustitución.

  • Mantenimiento de trabajadores en edad próxima a la jubilación.

  • Exoneraciones ligadas a ERTE en supuestos legalmente regulados.


6. Consideraciones importantes

Las bonificaciones a la contratación:

  • Solo pueden aplicarse si se cumplen todos los requisitos legales, tanto en el momento del alta como durante toda su vigencia.

  • Están sujetas a comprobación posterior por la Tesorería General de la Seguridad Social.

  • En caso de incumplimiento, pueden dar lugar a:

    • Regularización de cuotas

    • Devolución de las bonificaciones aplicadas

    • Recargos e intereses

La responsabilidad sobre el cumplimiento real de las condiciones corresponde siempre a la empresa o entidad empleadora.


 
 
 

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