top of page

Si una empresa tiene un bien inmueble y otras actividades ¿puede ser considerada una sociedad patrimonial?

Descubre por qué una entidad que desarrolla actividades económicas puede ser considerada patrimonial y perder los beneficios fiscales del IS.


Imagina una SL que compra un inmueble y tiene otra actividad económica, y el inmueble que dispone se dedican al alquiler.


A la hora de presentar el impuesto de sociedades de  2024, tenéis que tener en cuenta que una sociedad con actividad económica normal puede transformarse en una entidad patrimonial, lo que conlleva la pérdida de los beneficios de las empresas de reducida dimensión y microempresas.

 

El artículo 5 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades (LIS) establece que una entidad será calificada como patrimonial si más del 50% de su activo está compuesto por valores o elementos no afectos (aquí se incluyen activos financieros y activos inmobiliarios) con importantes consecuencias fiscales.

 

De acuerdo con el artículo 5 de la LIS se considera que una entidad es patrimonial, aquella en la que más de la mitad de su activo está constituido por valores o no esté afecto a una actividad económica. Por tanto, una entidad puede desarrollar actividades económicas y, sin embargo, puede tener la calificación fiscal de patrimonial si el peso de los activos afectos a tales actividades no alcanza el 50% del activo total de la entidad.

 

Una empresa que tenga un inmueble o mas en su activo, no afecto a la actividad económica, si su valor es de mas del 50% del activo total pasaría a ser patrimonial y ya no podría disfrutar de los tipos de gravamen en el Impuesto sobre Sociedades establecidos para las empresas de reducida dimensión y las microempresas, es decir en 2024 habría que aplicar el 25% en el tipo del impuesto de sociedades en lugar del 23%.

 

Para que el alquiler de los pisos sea considerado actividad económica, la empresa debe tener contratada para gestionar estos alquileres una persona con contrato laboral a jornada completa. Si los pisos no están alquilados o si lo están pero no hay contratada una persona para gestionar los alquileres a jornada completa la entidad se considera patrimonial.



 
 
 

Entradas recientes

Ver todo

Comments


bottom of page