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Si tienes una asociación, sin donativos, ni subvenciones, tienes una actividad económica que tributa al tipo general.

Un asociación está sujeta al Impuesto sobre Sociedades (IS) conforme al artículo 9.3 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades (LIS), en la modalidad de entidad parcialmente exenta. Este régimen fiscal se aplica a las asociaciones que, aunque carecen de ánimo de lucro, desarrollan determinadas actividades económicas generadoras de ingresos.

Durante el ejercicio, la asociación ha obtenido unos ingresos procedentes íntegramente de actividades económicas. No se han recibido donaciones ni subvenciones públicas o privadas.


¿Qué significa estar parcialmente exentos?

El régimen de parcial exención implica que no todas las rentas están sujetas a tributación. Están exentas las obtenidas por cuotas de socios o donaciones destinadas al cumplimiento de los fines sociales, pero tributan las rentas derivadas de actividades económicas o financieras.

Por tanto, el impuesto se calcula únicamente sobre los beneficios netos generados por las actividades sujetas, una vez descontados los gastos deducibles.


Cálculo del impuesto correspondiente


Se aplica el tipo impositivo general del 25 % establecido por la Ley.


Gastos deducibles

Para el cálculo del impuesto, se puede tener como deducibles los gastos fiscalmente directamente relacionados con la actividad económica de la asociación, entre otros:

  • Suministros y alquileres de los locales utilizados.

  • Sueldos, honorarios y cotizaciones sociales del personal.

  • Servicios profesionales de asesoría y gestión.

  • Materiales, equipos, publicidad y otros costes operativos.

  • Amortizaciones y gastos financieros vinculados a la actividad.


No se han incluido gastos personales, donaciones, sanciones ni otros no deducibles conforme al artículo 15 de la LIS.


Transparencia y cumplimiento

La asociación mantiene una contabilidad diferenciada entre sus actividades económicas y las de carácter social o altruista, conforme a la normativa vigente, y presenta anualmente su declaración del Impuesto sobre Sociedades (modelo 200).


Este compromiso con la transparencia y el cumplimiento fiscal forma parte de los valores institucionales y garantiza una gestión responsable de los recursos.

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