Régimen Especial de Bienes Usados: ¿Debo aplicarlo en mi negocio de informática?
- Gonzalbes Legal

- 5 nov
- 2 Min. de lectura
En el sector tecnológico es muy habitual combinar la venta de productos nuevos, la reparación de equipos y la compra-venta de dispositivos usados como TPV, ordenadores, tablets o televisores. Pero una de las dudas más comunes entre los profesionales del sector es si deben o no acogerse al Régimen Especial de Bienes Usados (REBU).A continuación te explicamos de forma sencilla en qué consiste, cuándo se aplica y cómo puede afectar a tu negocio.
¿Qué es el Régimen Especial de Bienes Usados (REBU)?
El REBU es un régimen fiscal del IVA regulado por la Ley 37/1992. Su objetivo es evitar que un mismo producto pague el IVA dos veces: una cuando se vendió por primera vez como nuevo, y otra cuando se revende de segunda mano.
En este régimen, el impuesto no se aplica sobre el precio total de venta, sino solo sobre el margen de beneficio del vendedor. Es decir, únicamente tributas por la diferencia entre el precio al que compraste el bien y el precio al que lo vendes.
Cuándo se aplica el REBU
El régimen especial de bienes usados puede aplicarse únicamente cuando:
Compras bienes usados a particulares o a empresas que no repercuten IVA (por ejemplo, autónomos en recargo de equivalencia).
Esos bienes pueden reutilizarse o reacondicionarse para su uso original.
No te has deducido el IVA en la compra.
En estos casos, puedes aplicar el REBU y repercutir el IVA solo sobre tu margen de ganancia.
¿Y si vendo productos nuevos o hago reparaciones?
Si en tu negocio vendes productos nuevos o realizas servicios de reparación, esas operaciones no se incluyen en el REBU. Se aplican las reglas generales del IVA:
Venta de productos nuevos → régimen general del IVA (21 %).
Servicios de reparación o instalación → régimen general (21 %).
Venta de software o licencias digitales → régimen general (21 %).
Por tanto, en un negocio mixto como el tuyo, es normal tener operaciones en ambos regímenes (general y especial).
Ejemplo práctico
Supongamos que compras un TPV usado a un particular por 200 € y lo vendes por 300 €.Tu margen de beneficio es de 100 €.Con el REBU, el IVA del 21 % se aplica solo sobre esos 100 €, no sobre los 300 € totales.
Esto significa que el precio final para el cliente sigue siendo 300 €, pero el IVA que ingresas en Hacienda es proporcional a tu ganancia, no al total.
Obligaciones y facturación
Si aplicas el REBU, debes:
Llevar libros de registro separados para operaciones en régimen general y en régimen especial.
Emitir facturas sin desglosar el IVA, ya que este va incluido en el precio total.
Indicar en la factura la mención:👉 “Régimen especial de bienes usados – IVA incluido en el precio”.
En cambio, las operaciones de reparación o venta de productos nuevos deben reflejar el IVA de forma habitual.
Conclusión
Si te dedicas a la compra-venta de TPV, ordenadores, tablets o televisores usados, puedes beneficiarte del Régimen Especial de Bienes Usados siempre que los adquieras a particulares o a empresas que no repercutan IVA. Sin embargo, las ventas de productos nuevos, reparaciones o software seguirán tributando por el régimen general.
Aplicar correctamente el REBU te permitirá optimizar la carga fiscal y cumplir con la normativa sin riesgos ante Hacienda.




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