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Reconocen el cese de actividad a un autónomo que no cumple el requisito del 10% de pérdidas

La sentencia confirma que a pesar de la denegación de la prestación por parte de la mutua al considerar que no cumplía el criterio del 10% de pérdidas, no comparte esta decisión al considerar que no es necesario que se produzcan pérdidas del 10% para obtenerla, porque lo que la norma exige es la existencia de motivos económicos “determinantes de la inviabilidad de proseguir la actividad”, para concluir que “lo que exige la normativa es la acreditación de que concurren motivos económicos, técnicos, productivos u organizativos determinantes de la inviabilidad de proseguir la actividad”.




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