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¿Los servicios de sexología llevan IVA en España?

Si estás pensando en acudir a una sexóloga o eres profesional de la sexología y quieres emprender, es normal que surja esta duda:¿los servicios de sexología llevan IVA o están exentos? La respuesta es: depende del tipo de servicio que se preste y de la titulación de la profesional.


Sexología y IVA: lo que dice la ley

En España, la Ley del IVA establece que los servicios sanitarios están exentos de IVA, siempre que tengan una finalidad terapéutica y sean prestados por profesionales con titulación sanitaria oficial.

Esto significa que no todos los servicios de sexología están automáticamente exentos, ya que la sexología, por sí sola, no es una profesión sanitaria regulada.


¿Cuándo están exentos de IVA los servicios de sexología?

Los servicios de sexología no llevan IVA cuando:

  • Tienen una finalidad terapéutica o clínica, como:

    • Terapia sexual individual o de pareja

    • Tratamiento de disfunciones sexuales

    • Acompañamiento terapéutico en salud sexual

  • Son prestados por una profesional con titulación sanitaria oficial (psicología, medicina, enfermería, etc.)

  • La sexología actúa como especialización complementaria dentro del ámbito sanitario

En estos casos, los servicios están exentos de IVA según el artículo 20. Uno 3 de la Ley del IVA.


¿Cuándo sí llevan IVA los servicios de sexología?

Los servicios de sexología sí llevan IVA (21 %) cuando:

  • No tienen finalidad terapéutica

  • Se trata de actividades educativas, divulgativas o formativas

  • La profesional no cuenta con una titulación sanitaria oficial

Algunos ejemplos habituales son:

  • Talleres y cursos de educación sexual

  • Charlas, ponencias o formaciones

  • Coaching sexual

  • Asesoramiento sexual no clínico

  • Cursos online, programas grabados o membresías

En estos casos, el IVA aplicable es el 21 %.


Un punto importante a tener en cuenta

El uso del término “sexóloga” no determina por sí solo si un servicio está exento de IVA.Hacienda valora principalmente:

  • Qué servicio se presta realmente

  • Qué titulación oficial tiene la profesional

  • Si existe o no una finalidad terapéutica


Por eso, dos profesionales que se presenten como sexólogas pueden tener obligaciones fiscales distintas.


En resumen

  • Terapia sexual con titulación sanitaria → IVA exento

  • Educación sexual, talleres o coaching → IVA 21 %

  • Sexología sin titulación sanitaria oficial → IVA 21 %



 
 
 

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