El Tribunal Supremo frena los sublímites por víctima en seguros de responsabilidad civil si no cumplen el artículo 3 LCS
- Gonzalbes Legal
- hace 5 días
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El Tribunal Supremo ha sentado una doctrina clave en materia de seguros de responsabilidad civil, especialmente relevante para la responsabilidad civil médica y profesional. En su Sentencia 1581/2025, de 5 de noviembre, la Sala de lo Civil ha determinado que los conocidos sublímites por víctima solo pueden aplicarse frente a terceros perjudicados si cumplen los exigentes requisitos del artículo 3 de la Ley de Contrato de Seguro (LCS).
¿Qué son los límites y sublímites en una póliza de RC?
En los seguros de responsabilidad civil, la suma asegurada fijada en la póliza representa el límite máximo de indemnización que la aseguradora deberá pagar por un siniestro. Tradicionalmente, además de ese límite general por siniestro, algunas pólizas establecen sublímites por víctima: topes cuantitativos inferiores aplicables a cada perjudicado.
¿Cuál es el cambio jurisprudencial?
El Tribunal Supremo ha clarificado que:
El límite por siniestro sigue teniendo la naturaleza de cláusula delimitadora del riesgo, lo que lo hace oponible a cualquier tercero perjudicado.
Sin embargo, el sublímite por víctima —cuando es inferior al límite por siniestro— no describe el riesgo, sino que reduce la suma asegurada real ofrecida. Por ello, pasa a considerarse una cláusula limitativa.
¿Qué exige el artículo 3 LCS?
Cuando una cláusula limita derechos o reduce expectativas indemnizatorias de los perjudicados, la LCS impone un doble control de transparencia:
Debe estar destacada de forma especial en la póliza (por ejemplo, con negrita o un apartado específico).
Debe haber sido aceptada específicamente por el tomador del seguro.
Si estos requisitos no se cumplen, ese sublímite no puede oponerse frente al perjudicado, con la consecuencia práctica de que la aseguradora queda obligada a responder hasta el límite global por siniestro.
Impacto para el sector
Este criterio tiene importantes implicaciones prácticas:
Aseguradoras: deberán revisar cuidadosamente la redacción de sus condiciones económicas para asegurar que cualquier sublímite quede fuera de toda duda y acepte expresamente.
Abogados y reclamantes: esta jurisprudencia ofrece una línea de ataque clara frente a cláusulas que reducen indemnizaciones sin cumplir la transparencia legal.
Profesionales sanitarios y centros: la cobertura efectiva que puede obtenerse en caso de siniestros graves podría ser mayor de lo que tradicionalmente se consideraba si los sublímites no son transparentes.
Conclusión
La doctrina del Tribunal Supremo refuerza la protección de las víctimas frente a cláusulas contractuales que recortan sus expectativas indemnizatorias. La obligación de cumplir con el artículo 3 de la LCS para que un sublímite por víctima sea eficaz no solo protege al perjudicado, sino que obliga a las aseguradoras a ser más claras y precisas en la confección de sus pólizas.
