El Tribunal Supremo ha anulado los recargos impuestos por la Agencia Tributaria a los contribuyentes que presentaron fuera de plazo el modelo 720, que es el utilizado para declarar bienes y derechos en el extranjero.
En esencia argumenta al TS que si las rentas declaradas ya estaban prescritas, los recargos derivados de la presentación fuera de plazo también son improcedentes. Así las cosas la imposición de recargos y sanciones sin permitir la posibilidad de acogerse a la prescripción de las deudas tributarias es desproporcionada, sin duda conlleva que tal sanciones resultarían contrarias a los principios de seguridad jurídica y proporcionalidad. Según el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, las normas tributarias deben permitir que los contribuyentes puedan beneficiarse de los plazos de prescripción para evitar sanciones indefinidas.
Comments