Programa II: Familiar Colaborador
- Gonzalbes Legal
- 21 feb 2023
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Ayudas destinadas a las personas trabajadoras autónomas que incorporen personas desempleadas como familiares colaboradores en la explotación de la que sea titular.
Beneficiario
Personas Autónomas
Personas trabajadoras autónomas que propicien la inserción de una persona en su actividad, mediante su alta en RETA como familiar colaborador
Cuantía:
Desde 5.000 hasta 10.000 euros
Plazo de solicitudes:
desde el día siguiente al que se inicie la actividad, de acuerdo con lo expresado por la Tesorería General de la Seguridad Social, y los cinco meses naturales siguientes al mes del citado inicio
Vigencia:
desde el 15/02/2023 hasta el 14/02/2024

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