La justicia tumba un despido en periodo de prueba tras producirse en plena baja médica
- Gonzalbes Legal

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En un nuevo giro jurisprudencial, los tribunales españoles han declarado nulo un despido efectuado durante el periodo de prueba de un trabajador que estaba en plena baja médica —una decisión que vuelve a poner sobre la mesa los límites del derecho empresarial frente a la protección laboral.
El caso concreto
El trabajador comenzó a trabajar en una empresa con un contrato temporal que incluía periodo de prueba. Poco después sufrió un accidente o enfermedad que lo obligó a tomar una baja médica. Sin embargo, la empresa decidió extinguir la relación laboral alegando que no había superado el periodo de prueba. Para la compañía, su decisión era perfectamente válida, ya que —según su versión— la rescisión se había decidido antes incluso del inicio de la baja, por razones de aptitud para el puesto.
Pero el tribunal encargado —Tribunal Superior de Justicia de Illes Balears (TSJIB) en su sentencia de enero de 2025— consideró que esa extinción era nula, dado que no existía prueba de causas reales diferentes a la incapacidad temporal. La decisión supone que la empresa debe readmitir al trabajador y abonarle los salarios dejados de percibir desde el despido hasta la readmisión.
Contexto y debate legal
La normativa laboral en España contempla que durante el periodo de prueba ambas partes (trabajador y empresa) pueden extinguir el contrato sin necesidad de alegar causa o indemnización.
No obstante, cuando la extinción coincide con una situación de baja médica, la interpretación judicial ha comenzado a dividirse. Para algunos tribunales —como el del citado caso— la baja impide que el periodo de prueba se lleve a cabo con normalidad, y extinguir el contrato en estas circunstancias puede suponer una vulneración del derecho a la no discriminación por razón de salud.
Otros tribunales, en cambio, validan el despido si la empresa prueba que la decisión no respondía a la baja sino a una interpretación objetiva de desempeño insuficiente, aceptando la extinción como parte de la libertad de las partes durante ese periodo.
Qué implica para trabajadores y empresas
Para trabajadores: este tipo de sentencia abre la puerta a reclamar la nulidad de un despido cuando se produce en periodo de prueba coincidiendo con una baja médica. Es recomendable conservar toda la documentación médica, la carta de despido, y cualquier comunicación con la empresa.
Para empresas: la decisión recalca la conveniencia de justificar con claridad los motivos del cese, especialmente si el trabajador está de baja, para evitar que el despido sea considerado nulo.
A nivel legal: el fallo refuerza que la salud no puede servir como excusa para vulnerar derechos fundamentales, y recalca la importancia de valorar caso por caso.
Conclusión
Este fallo supone un paso significativo hacia una mayor protección laboral: incluso en periodo de prueba, la salud y la integridad del trabajador merecen salvaguardas. Las relaciones laborales no pueden entenderse como líneas divisorias rígidas, sino con sensibilidad hacia situaciones personales que podrían llevar a discriminaciones veladas.




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