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Comunicar el centro de trabajo a la autoridad laboral

Actualizado: 1 jun

Comunicación a la autoridad laboral de la apertura de centros de trabajo o de la reanudación de la actividad después de efectuar alteraciones, ampliaciones o transformaciones de importancia.


La obligación de efectuar la comunicación incumbe al empresario, cualquiera que sea la actividad que realice, con independencia de las comunicaciones que deban efectuarse o de las autorizaciones que deban otorgarse por otras autoridades.


Debe comunicarse cualquier centro de trabajo sin importar qué actividad se realice.


La Comunicación se realiza desde la web de cada Comunidad Autónoma.



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