Bonificaciones que te puedes aplicar en la cuota de autónomo
- Gonzalbes Legal

- hace 2 días
- 5 Min. de lectura
Ser autónomo en España conlleva obligaciones, pero también existen múltiples ayudas para reducir la cuota al régimen de autónomos (RETA).
1. Tarifa plana para nuevos autónomos
Los trabajadores por cuenta propia que causen alta inicial en el RETA o que no hayan estado dados de alta en los últimos 2 años pueden acceder a una cuota reducida de 80 €/mes durante los primeros 12 meses.
Si durante ese primer año los rendimientos netos anuales están por debajo del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), la cuota reducida puede extenderse otro año, alcanzando un total de 24 meses.
Esta medida facilita que los nuevos autónomos tengan un menor coste al inicio de su actividad y puedan consolidarse antes de adaptarse al sistema general de cotización por ingresos reales.
2. Bonificación para colectivos con discapacidad, víctimas de violencia, víctimas del terrorismo
Las personas autónomas que tengan discapacidad reconocida ≥ 33%, o sean víctimas de violencia de género o de terrorismo, pueden beneficiarse de una cuota reducida de 80 €/mes durante los primeros 24 meses.
Si los rendimientos netos anuales son inferiores al SMI, dicha bonificación puede prolongarse hasta 36 meses.
Esta medida incluye la exención de cotizar por cese de actividad y formación profesional en esos primeros años para este colectivo.
3. Bonificaciones por maternidad, adopción, acogimiento o lactancia
Las autónomas que se encuentren en situación de maternidad, adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo o lactancia natural pueden beneficiarse de una bonificación en su cotización mientras dure esa situación.
Además, las mujeres que se reincorporen a la actividad como autónomas dentro de los 2 años siguientes al cese por maternidad, adopción, acogimiento o tutela pueden tener una reducción del 80 % de la cuota por contingencias comunes (excluida la IT) durante 24 meses.
4. Bonificaciones para favorecer la conciliación laboral y familiar
Cuando un autónomo contrata a una persona para sustituirle mientras él se ausenta para cuidar de un menor o familiar dependiente, puede aplicarse una bonificación de 100 % de la cuota por contingencias comunes si el contrato es a jornada completa; si es parcial, la bonificación puede ser del 50 %.
También existe la bonificación específica para el cuidado de menores con cáncer u otras enfermedades graves: reducción del 75 % de la cuota por contingencias comunes (excluida IT), aplicada sobre la base media de los 12 meses anteriores. La bonificación estará vigente hasta que finalice la prestación por cuidado del menor.
5. Otras bonificaciones especiales
Autónomos que desarrollen su actividad en la provincia de Ceuta o Melilla, en sectores como agricultura, pesca, comercio, turismo u hostelería, pueden obtener una bonificación del 50% de la cuota por contingencias comunes.
Existen bonificaciones relativas al territorio (por ejemplo en provincias con baja densidad de población) y otros colectivos especiales.
6. Ayudas autonómicas complementarias
Las bonificaciones estatales pueden complementarse con ayudas autonómicas. Por ejemplo, algunas comunidades ofrecen líneas de subvención para personas desempleadas que se den de alta como autónomos, con importes que pueden oscilar entre 2.500 € y más de 6.000 €, dependiendo del colectivo, edad, discapacidad o situación de exclusión.
Estas ayudas normalmente exigen cumplir requisitos como: domicilio fiscal en la comunidad, estar desempleado antes del alta, mantenerse de alta como autónomo un período mínimo (por ejemplo 2 años), justificar gastos de inicio de actividad, etc.
7. Cómo acceder y recomendaciones finales
Es fundamental presentar la solicitud de bonificación en el momento del alta o lo antes posible, adjuntando la acreditación correspondiente (discapacidad, víctima de violencia, maternidad, ingresos, etc.).
Verifica que estás al corriente de tus obligaciones con la Tesorería General de la Seguridad Social y la Agencia Estatal de Administración Tributaria ya que muchas bonificaciones exigen estar al día.
Combinar varias ayudas puede generar un ahorro significativo, siempre que se cumplan los requisitos.
Consulta si existe normativa autonómica adicional aplicable a tu comunidad, pues algunas bonificaciones pueden variar localmente.
Mantén el alta en el RETA durante el período mínimo exigido por la ayuda (algunas requieren 2 años, etc.).
Ayudas autonómicas complementarias para autónomos: qué son, cómo aprovecharlas y qué solicitar en 2025
Además de las bonificaciones estatales en la cuota de autónomos, las comunidades autónomas de España ofrecen ayudas complementarias que pueden marcar una gran diferencia para personas que se den de alta por cuenta propia o mantengan la actividad. Estas ayudas varían mucho entre regiones, por lo que conocerlas puede suponer un ahorro relevante y un impulso para tu emprendimiento.
¿Qué son las ayudas autonómicas complementarias?
Se trata de subvenciones, reducciones o incentivos ofrecidos por las comunidades autónomas (o entidades regionales) que se suman a los beneficios estatales. Estas ayudas están diseñadas para apoyar:
el inicio de la actividad por cuenta propia,
la continuidad del proyecto,
la contratación,
la digitalización,
la conciliación o
la innovación del negocio autónomo.
Aunque las bonificaciones de cuota de la Seguridad Social son comunes a nivel nacional, las ayudas autonómicas permiten adaptar la ayuda a la realidad local y a las necesidades específicas de cada territorio.
Por ejemplo, el portal del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) señala que mediante su enlace «Ayudas de las Comunidades Autónomas» se puede acceder al detalle de cada región.
¿Qué tipos de ayudas autonómicas existen?
Aunque las modalidades concretas dependen de cada comunidad, algunas de las más habituales son:
• Ayuda al inicio de la actividad autónoma
Subvenciones para quien se da de alta como autónomo y cumple determinados requisitos (por ejemplo: edad, desempleo previo, domicilio en la comunidad). Estas ayudas pueden consistir en:
una cantidad fija al inicio (ej. entre 2.500 € y 6.000 € o más).
capital para gastos de establecimiento (equipamiento, alquiler, licencias).
exenciones o reducciones adicionales de la cuota de autónomo suplementarias.
Ayudas para la continuidad o consolidación del negocio
Para autónomos que ya están en actividad, algunas comunidades ofrecen:
subvenciones para modernizar o digitalizar el negocio.
ayudas para la mejora de la eficiencia energética o para transformarse en negocio más sostenible.
incentivos para cambiar o ampliar el local, contratar personal, abrir nueva línea de actividad.
Ayudas específicas de conciliación, innovación, o colectivos vulnerables
Apoyos para autónomos que necesiten compatibilizar con responsabilidades familiares.
Ayudas dirigidas a mujeres, personas con discapacidad, víctimas de violencia, o jóvenes.
Programas de innovación o transformación digital del negocio.
Ayudas territoriales o por sector específico
Algunas regiones ofrecen líneas para sectores concretos (turismo, hostelería, comercio minorista, actividad rural) o para zonas con baja densidad de población, coste elevado, o en reconversión económica.
¿Cómo puedes averiguar qué ayudas hay en tu comunidad?
Consulta el apartado de “Ayudas y subvenciones para autónomos” de tu gobierno autonómico.
Accede al portal del SEPE: la sección “Ayudas de las Comunidades Autónomas” agrupa enlaces por región.
Revisa bases de datos como la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) para ver convocatorias abiertas en tu territorio.
Suscríbete a boletines de empleo, autónomos o desarrollo local de tu comunidad para recibir alertas de nuevas convocatorias.
Contacta con una asesoría especializada (o una oficina de emprendimiento regional) para que te informen de los plazos, requisitos y compatibilidades.
¿Cuáles son los requisitos habituales?
Aunque dependen de cada convocatoria concreta, algunos requisitos comunes son:
estar dado de alta como autónomo (o causar alta) en la comunidad autónoma convocante.
tener el domicilio fiscal en la región.
estar desempleado antes del alta (en algunas líneas).
no haber sido beneficiario antes de determinadas ayudas similares.
presentar un plan de negocio, justificar gastos o mantener la actividad durante un periodo mínimo (por ejemplo 2 años).
estar al corriente en obligaciones con Hacienda y la Seguridad Social.
en ayudas de contratación o digitalización: justificar inversión, presentar facturas, cumplir periodos mínimos de actividad.




Comentarios