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Un peatón arrollado por dos caballos desbocados recibe una indemnización de 11.705,27 euros

La demanda de un peatón que fue atropellado por dos caballos desbocados mientras paseaba con su familia ha sido estimado parcialmente por el Tribunal Superior de Justicia de Balears. El ayuntamiento de Maó, la entidad SegurCaixa Adeslas y los dos dueños de los animales deben abonar una suma de 11.705,27 euros como compensación por las lesiones sufridas.


El conflicto surgió durante las festividades en la localidad balear el 8 de septiembre de 2016. Según el fallo del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo no 1 de Palma de Mallorca, un jinete y un caballo negro caminaban por una calle cuando cruzaron una finca donde otro caballo blanco estaba aseando y huyeron. Ambos galoparon sin control hasta que uno de los animales chocó contra el demandante mientras paseaba con su familia.


La decisión determinó que el ayuntamiento tenía la responsabilidad del 75% de la organización del evento. Además, se determinó que el dueño del caballo sería responsable de una tercera parte del monto a pagar porque no logró evitar que se escapara, mientras que el dueño del caballo negro sería responsable de la otra tercera parte porque su hija no tuvo la habilidad necesaria para evitar que se desbocara al asustarse.


Se le otorgó una compensación de 8.788,95 euros como resultado de la decisión, que puede ser apelada.


En su recurso, el viandante solicitó que la compensación se basara en el informe médico que presentó en lugar del dictamen del perito judicial, que fue aceptado en la instancia, criterio que la Sala comparte. Los jueces sostienen que este reporte, elaborado por un profesional de la medicina legal y forense, "se limita a recopilar la historia clínica y evaluar las repercusiones sin llegar a determinar las razones de la relación entre ellas". No explica las causas de la evolución en función de las lesiones descritas en el informe de primera urgencia en sus conclusiones. Por lo tanto, no puede ser utilizado como juicio para determinar la relación médica entre lo que sucedió el día en que fue arrollado y lo que sucedió el día en que se le realizó el examen.


La Sala de lo Contencioso-administrativo acepta parcialmente el recurso, únicamente cuando reconoce la existencia de culpas compartidas. Por lo tanto, la indemnización se establece en 11.705,27 euros y debe ser distribuida entre partes iguales, tal como se estableció en la sentencia apelada.



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