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Las empresas deberán contar con un canal interno de denuncias

Foto del escritor: Gonzalbes LegalGonzalbes Legal

Esta situación responde a la incorporación a la normativa nacional de la directiva Whistleblowing o Whistleblower a través de la Ley 2/2023 de 20 de febrero.

Debe establecerse un mecanismo de denuncia interno en la empresa para informar de aquellas conductas que pudieran ser constitutivas de infracciones penales o administrativas graves o muy graves.


Empresas obligadas
  • Las personas físicas o jurídicas del sector privado que tengan contratados 50 o más trabajadores.

  • Las personas jurídicas del sector privado que entren en el ámbito de aplicación de los actos de la Unión Europea en materia de servicios, productos y mercados financieros, prevención del blanqueo de capitales o de la financiación del terrorismo, seguridad del transporte y protección del medio ambiente, con independencia del número de trabajadores con que cuenten.

  • Los partidos políticos, los sindicatos, las organizaciones empresariales y las fundaciones creadas por unos y otros, siempre que reciban o gestionen fondos públicos.

Plazos

La ley entrará en vigor el próximo 13 de marzo de 2023, por lo que desde este día los plazos son:

Las Administraciones, organismos, empresas y demás entidades en el plazo máximo de tres meses.

Las entidades jurídicas del sector privado con 249 trabajadores o menos, así como de los municipios de menos de 10.000 habitantes, hasta el 1 de diciembre de 2023.





 
 
 

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