La Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS), dependiente del Ministerio de Trabajo y Economía Social, pondrá en marcha una campaña para comprobar posibles incumplimientos en relación con el periodo de prueba de los contratos de trabajo. En palabras de la Ministra :"Es inadmisible que este periodo de prueba se use para defraudar el derecho de los trabajadores y las trabajadoras a la estabilidad”, quien ha calificado el periodo de prueba como un valor imprescindible en las relaciones laborales, que está ideado únicamente para comprobar las aptitudes de la persona trabajadora y su encaje en la empresa.
La ITSS verificará especialmente los contratos de trabajo, ya sea a tiempo parcial o jornada completa, que se extinguen por no superar el periodo de prueba a pesar de haber excedido su duración máxima, así como los despidos de personas trabajadoras que no superan el periodo de prueba a pesar de haber sido contratada previamente para realizar las mismas funciones.
De acuerdo con el artículo 14 del Estatuto de los Trabajadores, el régimen normativo del periodo de prueba establece:
· Una duración máxima de seis meses para técnicos titulados (2 meses en caso contrario)
· En las empresas con menos de 25 trabajadores será tres meses a excepción de los técnicos titulados
· En los contratos temporales de 6 meses o menos, no puede exceder un mes.
· Si la persona trabajadora ya desempeñó las mismas funciones con anterioridad no se someterá a un nuevo periodo de prueba
A través de la Herramienta de Lucha contra el Fraude, la Inspección de trabajo buscará posibles irregularidades para evitar que algunas empresas recurran a fórmulas que mermen los derechos de las personas trabajadoras y supongan un obstáculo para la libre competencia entre las empresas.
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