Andalucía
La Junta de Andalucía avalará préstamos hasta 50.000 euros garantizados al 100%, con un año de carencia.
¿Quiénes pueden optar a estos préstamos garantizados?
Los destinatarios de estas operaciones son pymes y autónomos viables, que tengan un centro operativo relevante en Andalucía, y sobre los que el estado de alarma provocado por el Covid-19 haya impactado en sus cifras de ingresos, con dificultades de liquidez ocasionadas tanto por la disminución de la actividad y la caída de ingresos como por el acceso al crédito.
¿Cómo se pueden solicitar?
Las pymes y autónomos deben acudir a su entidad financiera habitual, si bien será Garántia la entidad responsable de analizar y evaluar las solicitudes recibidas y tendrá autonomía para conceder o denegar los avales en función de criterios técnicos. Se trata de una iniciativa abierta a todas las entidades financieras que quieran participar.
¿Qué importe se puede pedir?
Las operaciones garantizadas al 100% por la Junta podrán elevarse hasta un importe máximo de 50.000 euros, sin perjuicio de que otras operaciones por importe superior se puedan tramitar tras ser analizadas y aceptadas. Se calculan unas 20.000 operaciones teniendo en cuenta un importe medio de 25.000 euros por operación.
¿Cuál es el periodo de devolución?
El plazo de devolución del préstamo contempla un máximo de hasta cinco años, con un periodo de carencia de hasta 12 meses.
Así, ha recordado que los plazos de presentación y pago de los Impuestos sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) y de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD) se amplían 3 meses, cuando el plazo de presentación y pago estuviese previsto entre el 17 de marzo y el 30 de mayo de 2020.
De la misma manera, los plazos de presentación y pago de autoliquidaciones del resto de tributos propios, así como las deudas de Derecho Público no tributarias cuyo vencimiento se produzca durante la vigencia del estado de alarma se prorrogarán un mes, hasta el mismo día del mes siguiente a su vencimiento.
Aragón
Son aplicables las mismas que para el resto del territorio nacional.
Principado de Asturias
Ayudas directas a los trabajadores autónomos que han tenido que dejar su negocio o cerrar por el estado de alarma. Hasta 400 euros mensuales para costes fijos del negocio (entre ellos, la hostelería y gran parte del comercio) - alquileres, suministros o hipotecas-.
Se ha acordado con las suministradoras de electricidad que el consumidor pueda rebajar la potencia contratada y luego volver a recuperarla, operaciones sin coste.
También se ha aprobado el aplazamiento de seis meses, sin intereses, de los impuestos gestionados por el Principado de Asturias.
Se ha aprobado una línea de avales de hasta 10 millones de euros en crédito por parte de Asturgar. Puedes acceder a la financiación desde aquí https://asturgar.com/
Cantabria
Aprueban el llamado cheque resistencia, consistente en un pago semanal para sufragar gastos corrientes de la actividad - alquiler, luz, electricidad, etc..-
Para poder tener acceso a estas ayudas es necesario que, la actividad empresarial suspendida estuviera activa el 14 de marzo de 2020, fecha en la que entró en vigor el RD 463/2020, y que tengan domicilio social y realicen su actividad en Cantabria.
La cuantía de las ayudas dependerá del número de trabajadores:
Autónomo sin empleados o una microempresa con un único trabajador, la ayuda será de 150€ semanales.
Autónomo o microempresa con entre 2 y 5 trabajadores, 225€ semanales.
Autónomo o microempresa con 6 a 9 trabajadores, la ayuda ascenderá a 300€ semanales.
Para tramitar esta ayuda tienes que acceder a este enlace https://ayudas.sodercan.es/ayudas/WKjBdzGpgzAkLJbODkQe
Castilla La Mancha
Avales para respaldar operaciones de crédito de hasta 300.000 euros
A través del Plan Autoempleo se conceden ayudas por el cese de actividad de los autónomos. Además, plantea también un cheque exportador de 8.000 euros para que las empresas determinen dónde focalizar sus esfuerzos tras el coronavirus.
Para tramitar la ayuda puedes acceder a https://adelante-empresas.castillalamancha.es/adelante
Castilla y León
Medidas de carácter financiero de apoyo al mantenimiento del empleo y al tejido empresarial de Castilla y León ante la crisis del Covid-19:
Línea ICE COVID-19. Apoyo a la liquidez (circulante)
Destinatarios: micropymes y autónomos
Importe: 6.000 – 40.000€ con bonificación total de costes financieros
Plazo: 12 – 36 meses (12 meses de carencia incluidos)
Tramitación solicitudes: Iberaval
Apoyo al mantenimiento de la actividad empresarial
Destinatarios: pymes de sectores especialmente afectados: Hostelería, Comercio e Industria
Importe: en función de la necesidad de la empresa a corto plazo y su capacidad de mantenimiento de la actividad
Plazo: 36 – 48 meses (12 meses de carencia incluidos)
Tramitación solicitudes: Iberaval
Transformación digital de empresas. Financiación de circulante e inversiones
Destinatarios: pymes que implementen soluciones digitales de teletrabajo y otros procedimientos de modernización
Importe: 6.000 – 600.000€ con bonificación de 1,25% de tipo de interés
Plazo: 12 – 60 meses (12 meses de carencia incluidos)
Tramitación solicitudes: Iberaval
Aplazamiento cuotas
Destinatarios: beneficiarios de préstamos en los programas de Reindustrialización y Crecimiento Empresarial del ICE
Importe: en función de las cuotas previstas en el cuadro de amortización
Plazo: aplazamiento de cuotas hasta 6 meses
Tramitación solicitudes, en esta misma Lanzadera Financiera
Tarifa plana de 60 euros al mes durante seis meses y la ayuda equivalente al 40% de la cuota la Seguridad Social, durante tres meses a los autónomos que, habiendo cesado su actividad, decidan reincorporase.
Los autónomos que se hayan quedado sin actividad económica e ingresos, y no cuenten con ningún subsidio, recibirán de la Junta de Castilla y León 427 euros equivalentes al 80% del IPREM.
Cataluña
Moratoria tributos
Moratoria en los plazos de autoliquidación y pago de todos los tributos propios y cedidos de la Generalidad de Cataluña hasta que finalice el estado de alarma decretado por el Gobierno español el pasado 14 de marzo.
Ayudas a autónomos
Se pone en marcha una ayuda de hasta 2.000 euros para aquellos trabajadores autónomos dedicados a actividades de las que se haya decretado el cierre por la crisis del coronavirus, y que a la vez acrediten una reducción drástica e involuntaria de su facturación.
Para acceder a la ayuda deberán acreditar pérdidas económicas en marzo de 2020 en relación con el año anterior. En caso de que el trabajador tenga una antigüedad el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos inferior a un año, se tomará como referencia el promedio de facturación mensual desde el alta. La ayuda se otorgará hasta que se agote la partida habilitada de 7,5 millones.
Para tramitar la ayuda tienes que acceder a este enlace https://treball.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/ajuts-autonoms-afectats-coronavirus
Esta ayuda, que deja fuera a autónomos societarios y colaboradores, se podrá solicitar telemáticamente en la página de la Generalitat de Cataluña a partir del próximo 1 de abril.
El Institut Català de Finances (ICF) y Avalis de Catalunya inyectará liquidez a empresas mediante la línea “ICF-Avalis liquidez”, dotada con 1.000.000 de euros y asumirá el 80% del riesgo de las operaciones.
Durante los meses de abril y mayo se aplicará una reducción del 50% en el canon del agua para usuarios domésticos e industriales, actividades económicas y ganaderos
Extremadura
La Junta de Extremadura establece la exención de garantías, hasta el 30 de junio, en aplazamientos y fraccionamientos de pago por deudas de tributos y deudas de titularidad de la comunidad autónoma y cuando su importe en conjunto no exceda de 50.000 euros.
Creación de una nueva línea de microcréditos para facilitar liquidez a emprendedores y autónomos, dentro del producto financiero Microcréditos Jeremie Extremadura II.
Concretamente, se pretende facilitar el acceso a la financiación bancaria de forma rápida y en mejores condiciones a través de una línea de microcréditos para circulante y liquidez dentro del producto financiero Microcréditos Jeremie Extremadura II, gestionado por Extremadura Avante y firmado con Caja Almendralejo.
Los microcréditos acogidos a la nueva línea (Circulante Covid 19) serán como máximo de 25.000 euros y tendrán una duración de 5 años, con un límite de un año de carencia.
Las peticiones deben realizarse desde este enlace https://www.extremaduraavante.es/project/avante-financiacion/
Galicia
Línea de financiación aprobada para inyectar liquidez inmediata la pymes y autónomos: una línea específica a la que la Xunta destinará cerca de 30 millones de euros para permitir la movilización de 250 millones de euros en préstamos que contribuirán a paliar los efectos del coronavirus en el tejido empresarial gallego, asumiendo la Administración autonómica la totalidad de los intereses de los préstamos concedidos en esta línea.
Esta línea de financiación para autónomos y pymes cubrirá operaciones del doble de los costes salariales del año anterior o el 25% de la cifra de negocio, con un máximo de 200.000 euros. Y los beneficiarios tendrán hasta 4 años para amortizar estos préstamos, haciéndose la Xunta cargo de los intereses. Debe ser destinada a los gastos del día a día, como el pago de salarios, facturas, alquileres o impuestos.
Serán gestionadas por las entidades bancarias.
Islas Baleares
Préstamos a interés cero a través de Isba SGR (Sociedad de Garantía Recíproca) .
La solicitud debe realizarse desde este enlace https://www.isbasgr.es/es/productos-covid19
Islas Canarias
El Gobierno canario pospone el pago del IGIC hasta el 1 de junio de 2020.
Ayuda autonómica para completar la prestación extraordinaria del Gobierno de España a las personas trabajadoras autónomas por cese de actividad,con la aportación del 30% restante de la base mínima de cotización, con lo que este se suma al 70% estatal hasta alcanzar el total del importe, el 100%.
Madrid
Sufragará las cuotas a la Seguridad Social correspondientes a los meses de marzo y abril de los autónomos afectados por la crisis del coronavirus que viven en la región.
Ampliará las ayudas de 3.200 euros, incluidas en el Plan Impulsa para autónomos sin empleados a su cargo y cuyos negocios se hayan visto afectados por las medidas adoptadas frente al COVID-19.
Las ayudas debe tramitarse desde este enlace https://gestionesytramites.madrid.org/cs/Satellite?cid=1354768892059&c=CM_ConvocaPrestac_FA&noMostrarML=true&pageid=1142687560411&pagename=ServiciosAE%2FCM_ConvocaPrestac_FA%2FPSAE_fichaConvocaPrestac&vest=1142687560411#EpigafeReq
Actualmente no se puede tramitar las ayudas hasta la apertura del segundo ciclo.
Murcia.
Se corresponden con las que se aplican para el resto del territorio nacional
Navarra
El plazo voluntario de presentación e ingreso de las autoliquidaciones de IVA y retenciones a cuenta de IRPF e Impuesto sobre Sociedades, correspondientes al primer trimestre de 2020 se extiende hasta el 1 de junio (anteriormente dicho plazo era hasta el 20 de abril).
Asimismo, se extiende hasta el 30 de abril el plazo voluntario de presentación e ingreso de las autoliquidaciones de IVA y retenciones a cuenta, correspondientes al mes de febrero (antes 30 de marzo).
También se amplía hasta el 30 de abril el plazo voluntario de presentación de las declaraciones informativas que debían presentarse en marzo o abril.
Suspensión de los pagos fraccionados de IRPF de los trabajadores autónomos de los trimestres 1º y 2º de 2020.
Ampliación o suspensión de plazos de pagos de deudas tributarias:
Los plazos de pago de deudas tributarias no concluidos antes del 14 de abril se amplían hasta el 30 de abril y las notificadas a partir del 14 de marzo podrán pagarse hasta el 1 de junio.
Se retrasa 1 mes el plazo de pago de cada uno de los vencimientos de aplazamientos vigentes.
Suspensión de los plazos de tramitación de los procedimientos tributarios en curso por el plazo comprendido entre el 14 de marzo y el 30 de abril (afecta a la presentación de alegaciones y recursos o atención de requerimientos, plazos de prescripción, etc).
Se aprueba un aplazamiento especial para deudas tributarias de trabajadores autónomos y pequeñas empresas:
Pueden solicitarlo autónomos y Pymes (volumen de facturación en 2019 inferior a 6 M €), para deudas tributarias generadas entre el 14 de marzo y 1 de junio.
El aplazamiento será de 7 meses sin intereses, con una carencia de los 3 primeros meses.
País Vasco
El servicio vasco de empleo va a a subvencionar dos líneas de gastos a empresarios individuales y autónomos que hayan tenido que echar el cierre por un importe máximo de 3.000 euros por persona.
Las cuotas relativas al pago de la cotización como trabajador por cuenta propia en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en el que, en su caso, corresponda de la Seguridad Social o en Mutualidades profesionales obligatorias. (En caso de que no haya sido subvencionado por Lanbide-Servicio Vasco de Empleo u otras administraciones públicas).
Y el arrendamiento de locales de negocio, siempre y cuando no sean parte de una vivienda familiar y no exista relación de parentesco hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad con el/la arrendador/a del local, ni sea socio/a o participe de la persona física o jurídica que actúe como arrendador/a.
Los conceptos subvencionables son:
Las cuotas relativas al pago de la cotización como trabajador por cuenta propia en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en el que, en su caso, corresponda de la Seguridad Social o en Mutualidades profesionales obligatorias. (Dicho gasto no se considerará subvencionable cuando haya sido subvencionado por Lanbide-Servicio Vasco de Empleo u otras administraciones públicas).
Y el arrendamiento de locales de negocio, siempre y cuando no sean parte de una vivienda familiar y no exista relación de parentesco hasta 2º grado de consanguinidad o afinidad con el/la arrendador/a del local, ni sea socio/a o participe de la persona física o jurídica que actúe como arrendador/a.
Podrán beneficiarse de esta línea de ayudas: (Siempre que estén empadronados y tengan la residencia efectiva en la CAE y tengan domiciliada, social y fiscalmente, la actividad empresarial en Euskadi y radique en la misma el centro de trabajo)
Las empresarias o empresarios y profesionales individuales.
Las socias y socios integrantes de Comunidades de Bienes y Sociedades Civiles, siempre que la subvención se solicite a título personal.
Aún no está abierto el plazo de solicitud, consultar en https://www.lanbide.euskadi.eus/general/-/empresas-y-autonomos/
La Rioja.
Se aplican las mismas que para el resto del territorio nacional
Valencia
Ayudas de 1.500 euros para autónomos como subvenciones directas a las personas trabajadoras en régimen de autónomo que desarrollen su actividad profesional en la Comunitat Valenciana en alguno de los sectores afectados por la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.
Las ayudas serán tramitadas por Labora Servicio Valenciano de Empleo y Formación y ascenderán a 1.500 euros en el caso de negocios que hayan tenido que cerrar y de 750 euros para los que no habiendo sido obligados a cerrar, hayan sufrido disminución ingresos en las condiciones que establece el Real Decreto.
El plazo para la presentación de solicitudes se iniciará a las 9.00 horas del día 8 de abril de 2020 y finalizará a las 9.00 horas del día 4 de mayo de 2020.
La solicitud debe realizarse desde este enlace http://www.labora.gva.es/va/empreses
Ayudas comunes a todo el territorio español.
Línea de Avales para garantizar la liquidez de autónomos y Pymes. Para trabajadores autónomos, pymes y empresas de todos los sectores de actividad, cuya actividad se vea afectada por el COVID‐19,́ gestionada por el Instituto de Crédito Oficial, en colaboración con las entidades financieras.
El aval es para nuevos préstamos o renovaciones concedidos para: Pagos de salarios, Facturas, Necesidad de circulante, y otras necesidades de liquidez, incluyendo las derivadas de vencimientos de obligaciones financieras o tributarias.
La garantía en autónomos y pymes es del 80% de los nuevos prestamos y renovaciones de financiación. Para el resto de empresas, se garantiza el 70% de la nueva financiación concedida y el 60% de las operaciones de renovación.
ICO Empresas y Emprendedores. Financiación para autónomos, emprendedores y todo tipo de empresas, por importe de hasta 12,5 millones de euros, en una o varias operaciones.
Conceptos financiables: Actividades empresariales y/o inversión y necesidades de liquidez dentro del territorio nacional. Proyectos de digitalización y en particular los destinados a fomentar soluciones de teletrabajo recogidos en el programa Acelera Pyme. Rehabilitación de viviendas y edificios.
Modalidad: préstamo, leasing, renting o línea de crédito.
Tipo de interés: fijo o variable, más el margen establecido por la entidad de crédito según el plazo de amortización.
Plazo de amortización y carencia: De 1 a 20 años con la posibilidad de hasta 3 años de carencia de principal en función de los plazos.
ICO Sector Turístico y actividades conexas Covid 19/Thomas Cook. Autónomos y empresas con domicilio social en España que formalicen operaciones en la Línea ICO Empresas y Emprendedores, cuya actividad esté dentro de un CNAE del sector turístico y actividades conexas según la relación de CNAE publicada.
Conceptos: Necesidades de liquidez financiables a través de la Línea Empresas y Emprendedores. Proyectos de digitalización y en particular los destinados a fomentar soluciones de teletrabajo recogidos en el programa Acelera Pyme.
Modalidad: préstamo. Tipo de interés: fijo, hasta el 1,5% (TAE máxima incluida comisiones).
Plazo de amortización y carencia: De 1 a 4 años con 1 año de carencia de principal.
Línea Directa de Expansión (LIC A) del CDTI. Ayuda parcialmente reembolsable, que tiene por objeto potenciar la innovación en determinadas regiones españolas, mejorando las capacidades de empresas que propongan planes de inversión que faciliten su crecimiento. Concretamente: ayudas a la inversión inicial y a la inversión inicial en favor de una nueva actividad económica para potenciar el crecimiento de empresas innovadoras.
ENISA. Medidas extraordinarias para apoyar el mantenimiento de las pymes y los emprendedores, modificando temporalmente el contenido de todos los convenios vigentes desde el 2011 hasta 2019, en aras a flexibilizar la devolución de los préstamos participativos.
Solicitud de aplazamiento extraordinario del calendario de reembolso en préstamos concedidos por la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa. Ante la crisis sanitaria que actualmente está viviendo nuestro país, el Gobierno ha considerado esencial que las empresas que hayan recibido apoyo financiero a la inversión industrial a través de préstamos de la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa puedan solicitar el aplazamiento de reembolso.
Medida complementaria 01/04/2020. Modificación del momento y plazo para aportación de garantías en las convocatorias de préstamos concedidos por la SGIPYME pendientes de resolución en el momento de entrada en vigor del Real Decreto 462/2000, de 14 de marzo. Las garantías a aportar por los solicitantes se presentarán tras la resolución de concesión y con anterioridad al pago del préstamo. Artículo 38 del Real Decreto-ley 11/2020.
Refinanciación de los préstamos concedidos por la SGIPYME. Los beneficiarios de concesiones de préstamos a proyectos industriales otorgados por la SGIPYME podrán solicitar modificaciones del cuadro de amortización del mismo durante el plazo de 2 años y medio.
Apoyo a la internacionalización. ICEX procederá a la devolución de las cantidades abonadas por las empresas que han sufrido, por causa de fuerza mayor, cancelaciones de eventos orientados a la internacionalización organizados por el Instituto. En los casos de cancelación de eventos internacionales, ICEX concederá a las empresas ayudas adicionales en función de los gastos incurridos no recuperables.
Turismo. Con el fin de asegurar la liquidez y, por tanto, la viabilidad de las empresas turísticas, se suspende -durante un año y sin penalización alguna- el pago de intereses y amortizaciones correspondientes a los préstamos concedidos por la Secretaría de Estado de Turismo en el marco del Programa Emprendetur I+D+i, del Programa Emprendetur Jóvenes Emprendedores y el Programa Emprendetur Internacionalización.
Moratoria hipotecaria. Se clarifican aspectos relacionados con la moratoria hipotecaria regulada en el RDL8/2020, tales como que el potencial beneficiario pase a estar en situación de desempleo o, en caso de ser empresario o profesional, sufra una pérdida sustancial de sus ingresos o una caída sustancial en su facturación de al menos un 40%. Así, el plazo de suspensión pasa de uno a tres meses; se adapta la acreditación de vulnerabilidad a la situación derivada del estado de alarma, siendo suficiente en estas circunstancias con una declaración responsable del beneficiario sobre su situación; y se clarifica que las cuotas suspendidas no se abonan al finalizar la suspensión, sino que todos los pagos restantes se posponen por idéntico periodo.
Apoyo en suministros básicos, se amplía el colectivo de potenciales perceptores del bono social eléctrico: podrán acogerse de forma excepcional las personas que se hayan visto afectadas por medidas de regulación de empleo de sus empresas o, en el caso de autónomos, haber cesado su actividad o visto reducidos sus ingresos en más de un 75%.
Actividades de ocio de juego online: se establecen limitaciones en la publicidad y en las actividades de promoción de determinadas actividades de juego online.
Flexibilización para autónomos y empresas del pago de suministros básicos como luz, agua o gas: Se establecen diferentes medidas para que los autónomos y las empresas que se hayan visto afectados por el COVID-19 puedan flexibilizar el pago de suministros básicos como la luz, el agua o el gas, llegando incluso a la posibilidad de suspender su pago. Las cantidades adeudadas se abonarán como máximo en los seis meses siguientes a la finalización del estado de alarma.
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