Andalucía
Ayudas para el mantenimiento del empleo asalariado en empresas afectadas por ERTE en Andalucía: nueva convocatoria (plazo abierto desde el 5 al 26 de octubre)
Ayudas para la conciliación de la vida familiar, personal y laboral (consutlar el trámite)
Incentivos a la creación de empleo indefinido de las personas participantes de practicas
no laborales en empresas en Andalucía.
Organismo: Empleo, Formación y Trabajo Autónomo Descripción: Los incentivos a la creación de empleo indefinido de las personas participantes de prácticas no laborales tienen por objeto fomentar la creación de empleo... Plazo: Abierto
Subvenciones a la contratación para el impulso de medidas de flexibilidad horaria a través del fomento del trabajo a distancia.
Organismo: Empleo, Formación y Trabajo Autónomo Descripción: Las subvenciones a la contratación para el impulso de medidas de flexibilidad horaria a través del trabajo a distancia, tienen por objeto promover la igualdad... Plazo: Abierto
Aragón
Ayudas para la contratación de jóvenes cualificados para cubrir los costes de los 24 primeros meses a través de inaem
Principado de Asturias
1. Contrato indefinido: la ayuda será de 7.500 € por cada nuevo contrato suscrito con una persona en situación de desempleo, que se incrementará a 9.000 € en el caso de que la persona contratada sea parada de larga duración, mayor de 52 años, o joven inscrito en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil (SNGJ).
2. Contrato temporal: la ayuda será de 3.500 € por cada nuevo contrato suscrito con una persona en situación de desempleo, que se incrementará a 4.200 € en el caso de que la persona contratada sea parada de larga duración, mayor de 52 años, o joven inscrito en el SNGJ.
Illes Balears
Convocatoria cerrada
Canarias
Incentivar la contratación mediante la concesión de una subvención a favor de aquellas empresas que reuniendo los requisitos exigidos en la normativa reguladora del programa contraten a personas inscritas en el Servicio Canario de Empleo (SCE), como demandantes de empleo desempleadas de larga duración. Tendrán la consideración de personas demandantes de empleo desempleadas de larga duración, aquellas que lleven inscritas, en el momento de su contratación, durante al menos 12 meses, continuados o no, dentro de un periodo de 18 meses, o 360 días en un periodo de 540 días.
Programa I: CONTRATACIÓN INDEFINIDA INICIAL A TIEMPO COMPLETO O PARCIAL NO INFERIOR AL 60% JORNADA
· Jóvenes mayores de 16 y menores de 30 años
· Sin experiencia laboral previa o que ésta sea inferior a tres meses: 8.000,00 euros.
· Con una experiencia laboral superior a 3 meses: 7.000,00 €
· Personas Desempleadas de larga duración
· No perceptores de prestaciones y/o subsidios: 8.000,00 euros.
· Perceptores de prestaciones y/o subsidios: 7.000,00 euros.
· Personas desempleadas de larga duración mayores de 50 años: 9.000,00 euros.
· Mayores de 45 años:
· Mujeres: 7.000,00 euros.
· Hombres: 6.000.00 euros
· Personas previamente contratadas en empresas de inserción por su condición de personas en riesgo de exclusión social: 9.000 euros.
· Personas no incluidas en los apartados anteriores: 4.000,00 €
Si la persona contratada es discapacitada, acredita formación profesional dual o ha sido reconocida como víctima de violencia de género, las cuantías anteriormente expresadas se incrementarán en 1.000,00 €
Si la empresa contratante es una microempresa (inferior a 10 trabajadores en plantilla, incluido el contrato por el que solicita la ayuda), las cuantías citadas para cada colectivo se incrementarán en 1.000,00 €
Las contrataciones indefinidas a jornada parcial, serán subvencionadas con una cuantía proporcional a las establecidas a jornada completa siempre que esta no sea inferior al 60% de la legalmente establecida.
Programa II: CONVERSIÓN DE CONTRATOS TEMPORALES EN INDEFINIDOS
· Conversión a tiempo completo de contratos en prácticas y para la formación y el aprendizaje:
· Hombres: 4.500,00 euros
· Mujeres: 5.500,00 euros
· Conversión en indefinidos del resto de contratos temporales:
· Hombres: 2.500,00 euros
· Mujeres: 3.000,00 euros
Los anteriores importes se incrementarán en 1.000 € en los siguientes casos
· Mujer víctima de violencia de género
· Persona con discapacidad
· Joven menor de 30 años
· Persona mayor de 55.
Estos incrementos son incompatibles entre sí y sólo se concederán en caso de conversión a tiempo completo.
Si la contratación se efectúa por microempresas, todas las anteriores cuantías se incrementarán en 1.000 €.
Las conversiones a indefinidos a jornada parcial, serán subvencionadas con una cuantía proporcional a las establecidas a jornada completa siempre que esta no sea menor al 60% de la legalmente establecida, ni inferior a la jornada de trabajo del contrato temporal objeto de transformación.
Cataluña
Subvención correspondiente al Salario Mínimo Interprofesional de 2021 (1.125,83 € a jornada completa) durante un periodo de entre 6 y 9 meses. La subvención será la proporcional a la jornada y al tiempo trabajado cumpliendo las siguientes condiciones:
Formalizar un contrato laboral de un mínimo de 20 horas semanales con la nueva persona trabajadora, de una duración mínima de entre 6 y 9 meses (contrato eventual o indefinido). No serán compatibles los contratos de interinidad, de relevo ni de sustitución. *Para poder solicitar la ayuda es imprescindible realizar gestiones previas a la formalización del contrato.
La retribución tiene que ser la correspondiente al convenio y a la categoría profesional indicada en el contrato y, en ningún caso, inferior al Salario Mínimo Interprofesional.
Los perfiles profesionales subvencionables en este programa son, preferentemente: personal de administración, comercio y atención al cliente, logística o manipulación.
La persona contratada debe participar en una formación fuera del horario laboral de entre 20 y 100 horas, vinculada a los empleos preferentes y de acuerdo con su posición, organizada por PIMEC y sin ningún coste para la empresa. La empresa debe garantizar la participación de la persona trabajadora en la formación y, en caso de simultaneidad, gestionar la reducción de la jornada de trabajo en la Seguridad Social mientras dure la formación (no se podrán superar las 8 horas diarias, ni las 40 horas semanales entre la jornada laboral y la formación).
Castilla - La Mancha
Línea 1.- Ayudas para la contratación por tiempo indefinido de personas en situación de desempleo. En esta línea son subvencionables los contratos por tiempo indefinido o por tiempo indefinido fijos-discontinuos que cumplan los siguientes requisitos:
a) Que se formalicen con alguno de los siguientes colectivos:
1º. Personas desempleadas de larga duración que en el momento de la contratación se encuentren inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha.
2º. Personas mayores de 45 años, que en el momento de la contratación se encuentren inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha, y que hayan permanecido inscritas en dichas
oficinas como demandantes de empleo no ocupadas más de seis meses en los últimos doce meses.
3º. Personas que en el momento de la contratación se encuentren inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha y que como consecuencia de la crisis originada por el COVID-19 han sido extinguidos sus contratos de trabajo.
b) Que la contratación sea a jornada completa.
Línea 2.- Ayudas para la transformación de contratos temporales en contratos indefinidos. En esta línea son subvencionables la transformación de los contratos temporales en contratos por tiempo indefinido y a jornada completa, que se formalice, como máximo, en los 5 primeros meses desde la formalización del contrato inicial temporal, que se realice a jornada completa y no se haya realizado como consecuencia de la actuación de la Inspección de Trabajo.
Línea 3.- Ayudas para la conversión de contratos indefinidos a tiempo parcial en contratos indefinidos a jornada completa. En esta línea es subvencionable la conversión de los contratos a tiempo parcial indefinidos, en contratos indefinidos a jornada completa. En todo caso la conversión del contrato a tiempo parcial en contrato de jornada completa deberá suponer un incremento de la jornada del trabajador de al menos el 25%
Castilla y León
Serán subvencionables las contrataciones cuya fecha de inicio haya tenido lugar entre los días 14 de marzo de 2020 y 30 de septiembre de 2022, ambos inclusive, y que cumplan los siguientes requisitos: La contratación se formalizará por escrito y deberá ser objeto de comunicación a la oficina pública de empleo. La contratación se formalizará con carácter indefinido, a jornada completa o parcial igual o superior al 50%. En ningún caso será subvencionable la concertación del contrato para la realización de trabajos de carácter discontinuo. La contratación se formalizará para prestar servicios en centros de trabajo de Castilla y León.
La cuantía de la subvención por la formalización de cada contratación subvencionable será de 10.000 euros, con un incremento de 2.000 € más si la persona trabajadora contratada es mayor de 45 años de edad.
Las citadas cuantías se reducirán proporcionalmente en función del porcentaje de jornada que se pacte cuando los contratos se formalicen a tiempo parcial.
Se tendrá en cuenta la jornada pactada en el momento de la fecha de inicio del contrato, a salvo lo dispuesto en las Bases Reguladoras.
Solo se tendrán en cuenta las ampliaciones de jornada pactadas en fecha anterior a la solicitud de subvención.
Extremadura
Pueden acceder quienes cumplan las siguientes condiciones:
· Personas trabajadoras autónomas, profesionales colegiados, empresas, asociaciones o entidades sin ánimo de lucro, que en su condición de empleadoras, realicen contrataciones conforme a lo establecido en la Orden de 4 de marzo de 2021
· Agrupaciones privadas de personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, realicen contrataciones con carácter estable.
· Colegios profesionales y comunidades de regantes.
La cuantía de la subvención dependerá de la base mínima mensual de cotización por contingencias comunes que le corresponda al grupo de cotización de la persona trabajadora objeto de subvención vigente al día de publicación de la convocatoria.
Programa I a.1.:
a. 7,5 veces la base mínima de cotización para las mujeres.
b. 7 veces la base mínima de cotización para los hombres que se encuentren en los siguientes grupos de población:
o Menores de 30 años
o De 52 o más años
o Parados de larga duración
o Extremeños que hayan retornado de la emigración a Extremadura, en los dos años anteriores a la fecha de inicio del contrato objeto de subvención.
o Que hayan participado en los doce meses anteriores en políticas activas de empleo de la Junta de Extremadura gestionada por el SEXPE.
La condición de desempleados extremeños que retornen de la emigración, será comprobada de oficio.
Se considera persona parada de larga duración a aquella persona que haya carecido de ocupación laboral, según informe de vida laboral, ininterrumpidamente durante al menos, los doce meses inmediatos anteriores a la fecha de la contratación.
c. 5,5 veces la base mínima de cotización para los hombres de 30 a 51 años.
Programa I a.2:
a. 5,5 veces la base mínima de cotización para mujeres
b. 4 veces la base mínima de cotización para hombres.
Programa II:
c. 5,5 veces la base mínima de cotización para mujeres
d. 4 veces la base mínima de cotización para hombres.
Galicia
1. Las contrataciones indefinidas iniciales se incentivarán con una ayuda de:
a) 6.000 euros cuando la persona trabajadora contratada sea una persona desempleada joven menor de 30 años.
b) 10.000 euros cuando la persona trabajadora contratada sea desempleada parada de larga duración.
c) 12.000 euros cuando el contrato se realice con una mujer desempleada.
d) 16.000 euros si el contrato se celebra con una persona con discapacidad o en riesgo de exclusión social. En este supuesto, si el contrato es a tiempo parcial la cuantía del incentivo será la parte proporcional a la jornada de trabajo.
2. Las contrataciones temporales se incentivarán con una ayuda de:
a) 3.000 euros cuando la persona trabajadora contratada sea una persona joven menor de 30 años.
b) 5.000 euros en caso de que el contrato se celebre con una persona desempleada parada de larga duración.
c) 6.000 euros cuando el contrato se realice con una mujer desempleada.
d) 8.000 euros si el contrato se celebra con una persona con discapacidad o en riesgo de exclusión social. En este supuesto, si el contrato es a tiempo parcial la cuantía del incentivo será la parte proporcional a la jornada de trabajo.
La Rioja
La subvención por la contratación por tiempo indefinido y a jornada completa será la siguiente:
4.000 euros por cada contrato celebrado con trabajadores menores de treinta años identificados en la base de datos del sistema de Garantía Juvenil.
5.000 euros por cada contrato celebrado con trabajadores con discapacidad.
6.000 euros por cada contrato celebrado con trabajadores mayores de 45 años y mujeres trabajadoras mayores de 40 años.
6.000 euros por cada contrato celebrado con trabajadores parados de larga duración.
7.000 euros por cada contrato celebrado con trabajadores perceptores de renta de ciudadanía o del ingreso mínimo vital.
7.000 euros por cada contrato celebrado con trabajadores prioritarios en consonancia con las estrategias europeas, estatales o regionales en materia de empleo.
La subvención por la conversión de contrato temporal a indefinido y a jornada completa será de 1.500 euros.
La subvención por la contratación en prácticas y de formación y aprendizaje de duración mínima de 6 meses y a jornada completa será de 600 euros.
Comunidad de Madrid
Ayudas para facilitar la incorporación de personas desempleadas al mercado ordinario de trabajo, así como el fomento y mantenimiento del empleo estable y de calidad en el ámbito de la Comunidad de Madrid, a través de los siguientes incentivos:
Incentivos para la contratación indefinida inicial.
Incentivos para la conversión de contratos temporales y formativos en indefinidos.
Incentivos a la reincorporación de trabajadores contratados indefinidamente afectados por expedientes de regulación temporal de empleo para la suspensión de contratos.
Incentivos al restablecimiento de la jornada laboral de trabajadores contratados indefinidamente afectados por expedientes de regulación temporal de empleo para la reducción de jornada.
Incentivos para el mantenimiento del empleo de mayores de 50 años.
Incentivos por ampliación a jornada completa de contratos indefinidos a tiempo parcial.
Se subvencionará con un importe de 4.000 euros cada contratación indefinida inicial a tiempo completo.
Con un importe de 5.500 euros cada contratación indefinida inicial a tiempo completo realizada a personas que pertenezcan a uno de los siguientes colectivos:
- mayores de cuarenta y cinco años, personas trabajadoras retornadas del extranjero a la Comunidad de Madrid y personas desempleadas de larga duración.
A los efectos de este acuerdo, se considerarán personas trabajadoras retornadas del extranjero a los emigrantes madrileños que ostentando la nacionalidad española, hayan retornado a la Comunidad de Madrid en el mes inmediatamente anterior a la fecha de la contratación y acrediten haber trabajado, como mínimo, seis meses en el extranjero desde su última salida de España.
Asimismo, se considerarán personas desempleadas de larga duración a aquellas que hallándose inscritas como desempleadas demandantes de empleo en una oficina de empleo de la Comunidad de Madrid en el momento de su contratación, acrediten, a su vez, un período de inscripción como personas desempleadas demandantes de empleo de, al menos, 360 días en los 540 días anteriores a la fecha de su contratación.
Se subvencionará con un importe de 7.500 euros cada contratación indefinida inicial a tiempo completo realizada a personas desempleadas de larga duración en los términos definidos en el apartado 2.o que sean mayores de 45 años, así como cada contratación indefinida inicial a tiempo completo realizada a personas desempleadas de larga duración que hallándose inscritas como desempleadas demandantes de empleo en una oficina de empleo de la Comunidad de Madrid en el momento de su contratación, acrediten, a su vez, un período de inscripción ininterrumpido como personas desempleadas demandantes de empleo de, al menos, 24 meses inmediatamente anteriores a la fecha de su contratación. 4.o Las cuantías de las subvenciones indicadas en los apartados
Se incrementarán en 500 euros cuando la persona contratada sea una mujer o pertenezca al colectivo de personas trans, en los términos definidos en el artículo 1.2 de la Ley 2/2016, de 29 de marzo, de Identidad y Expresión de Género e Igualdad Social y no Discriminación de la Comunidad de Madrid.
Región de Murcia
Contrataciones indefinidas a tiempo completo o a tiempo parcial cuando la jornada pactada sea como mínimo del 50%.
Colectivos subvencionables:
· Personas desempleadas de larga duración (12 meses ininterrumpidos de inscripción como desempleado).
· Personas que tengan cumplidos 45 años o más, se encuentren inscritas como demandantes de empleo en la Oficina de Empleo de la Región de Murcia correspondiente, y puedan ser consideradas en situación de desempleo prolongado (12 meses de inscripción como desempleado en un periodo de 18)
· Personas beneficiarias del Programa de Activación para el Empleo (PAE)
· Personas desempleadas menores de 30 años.
· Personas que se encuentren desarrollando prácticas no laborales.
· Mujeres Víctimas de violencia de género, personas víctimas de terrorismo o personas en situación de riesgo de exclusión social.
· Mujeres desempleadas e inscritas en la Oficina de Empleo con hijos/as menores de 4 años
La conversión en indefinidos de los contratos temporales formativos, bien sean a tiempo completo, o bien a tiempo parcial, con una jornada mínima del 50 por ciento de la jornada laboral a tiempo completo.
Destinadas a contrataciones indefinidas a tiempo completo o a tiempo parcial cuando la jornada pactada sea como mínimo del 50%. Para personas jóvenes beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
Comunidad Foral de Navarra
Subvenciones para el fomento de la contratación de personas con dificultades de inserción siendo requisitos para poder optar a la subvención:
Empresas:
Tener domicilio social y fiscal o centro de trabajo radicado en Navarra.
Estar legalmente constituidas conforme a su normativa reguladora y, por lo tanto, disponer de personalidad jurídica y plena capacidad de obrar y estar inscritas en el correspondiente registro público.
Cumplir los requisitos establecidos en los artículos 13 y 15 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de subvenciones.
Cada subvención por contratación indefinida y transformación en indefinida debe suponer un incremento de plantilla (el cálculo se hará comparando la plantilla fija de la empresa en el mes de la contratación de la persona trabajadora con su situación en el mismo mes del año anterior).
Personas trabajadoras contratadas:
Estar desempleadas e inscritas en el Servicio Navarro de Empleo - Nafar Lansare.
Pertenecer a alguno de los siguientes grupos, ordenados, de menor a mayor, en base a la dificultad para su inserción en el mercado laboral:
b.1) Jóvenes inscritos en el sistema de garantía juvenil.
b.2) Personas con dificultades de inserción: mayores de 45 años o retornadas del extranjero por cuestiones laborales.
b.3) Personas con especiales dificultades de inserción: perceptoras de Renta Garantizada en el momento del contrato o víctimas de violencia de género o desempleadas de larga duración.
b.4) Personas que suscriban un contrato de formación y aprendizaje.
Cuantías a subvencionar:
Tipo contrato
Indefinido
5.200€
7.150€
9.100€
Transformación en indefinido
5.200€
5.200€
5.200€
Temporal
4.000€
Contrato de Formación y Aprendizaje
4.000€
Otros aspectos de las cuantías:
Si se contrata a una mujer, la cuantía se incrementará en un 10%.
Estas cuantías se refieren a contratos indefinidos o a contratos temporales de 12 meses o más a jornada completa. Si la duración o la jornada del contrato fuera menor, la cuantía será proporcional.
En el caso de contrataciones temporales el periodo máximo subvencionable será de 12 meses.
A los efectos del cálculo del importe de la subvención únicamente se computaran meses enteros, entendiendo que estos comprenden 30 días.
País Vasco
Convocatoria cerrada
Comunitat Valenciana
Convocatoria cerrada

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